¿Debo registrar las reclamaciones sobre mis productos?
El registro de reclamaciones es una obligación del fabricante, no de todo vendedor
Sí, quien se considera fabricante mantiene un registro de reclamaciones sobre los productos y de casos en que se comprobó que un producto no cumplía los requisitos de seguridad. Ese registro no existe de forma aislada: forma parte de la misma documentación que el análisis de riesgos y la documentación técnica por producto. Fabricante es aquí un concepto más amplio de lo que la mayoría de empresarios esperan. No se trata solo de quien fabrica físicamente el producto, sino también de quien comercializa un producto bajo su propio nombre o marca. Una tienda en línea que añade su propio logo a un producto comprado entra en esa definición, y lo mismo ocurre con quien modifica sustancialmente un producto antes de que llegue al consumidor. Quien se considera distribuidor porque no interviene una fábrica propia puede, sin embargo, tener las obligaciones del fabricante —incluido el registro de reclamaciones—.
Un distribuidor que revende un producto sin modificaciones y bajo la marca de otro no necesita mantener este registro por su cuenta. Para ese papel rigen otras obligaciones, como verificar que el fabricante e importador cumplan sus responsabilidades, y transmitir al fabricante las reclamaciones que reciba el distribuidor. Para el fabricante mismo, una reclamación registrada o una señal de incumplimiento es un elemento de entrada para evaluar si un problema es incidental o estructural. Lo que arroje esa evaluación y si da lugar a una acción correctiva depende del fabricante y, cuando proceda, de la autoridad de supervisión.
De dónde surge esto: artículo 9 del Reglamento
El artículo 9 del Reglamento (UE) 2023/988 obliga al fabricante a mantener un registro de reclamaciones sobre productos y de casos de incumplimiento, e informar a los distribuidores al respecto. Esta obligación se aplica directamente e idénticamente en todos los Estados miembros, incluyendo los Países Bajos, Bélgica y Alemania, donde respectivamente la NVWA, la FOD Economía y las autoridades de los Länder con BAuA como punto de coordinación supervisan el cumplimiento.
En qué se basa esto
La normativa se encuentra en EUR-Lex. Hacemos referencia para cada afirmación; no tiene que creernos.
Lo que debe hacer concretamente
La aplicación de cada obligación, con los plazos correspondientes y las plantillas para documentarlo, se encuentra en la suscripción.
Ver la suscripción Primero el escaneo rápido gratuitoEsto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la normativa sobre la que trata esta plataforma. No conocemos su situación. Si duda sobre su caso específico, consulte a un abogado o a la autoridad competente de supervisión.
Redactado con IA en base a las fuentes anteriores, revisado por una persona el 20-08-2026. ¿Hay algo que no sea correcto? Avísenos — las correcciones tienen prioridad.